22 Nov ¿Por qué necesito un seguro de renta?
¿Por qué necesito un seguro de renta?
Los trabajadores autónomos tienen derecho a baja laboral, tanto si es transitoria por enfermedad común, accidente laboral o por maternidad/paternidad, como si es una baja permanente. Pero cualquier baja supone una merma considerable de ingresos. Y esa es la razón principal por la que un seguro de renta es siempre una buena decisión.
Hay que tener en cuenta que, si se trata de una enfermedad o contingencia común, el autónomo cobrará de la Seguridad Social entre el 60 % y el 70 % de la base reguladora. Solo a partir del día 21 o si es accidente laboral, se incrementa hasta el 75 %. Compensar esa pérdida de ingresos es la función de un seguro de baja laboral.
Ventajas esenciales del seguro de renta
En la situación actual, la inmensa mayoría de los trabajadores autónomos cotizan por la base mínima, es decir, algo menos de 950 € mes. Esto supone que, en caso de baja, sus ingresos van a quedar muy reducidos. Si la baja se prolonga en el tiempo, la situación económica puede llegar incluso a ser dramática. Un seguro de renta supone una pequeña inversión que, sin embargo, puede salvar grandes dificultades.
Hay que tener en cuenta que las coberturas básicas del seguro de renta incluyen una indemnización diaria por cada día de incapacidad y también una indemnización por hospitalización. Además, lo habitual es que se puedan contratar coberturas adicionales, como son servicios de prevención y de recuperación o invalidez absoluta.
Si con el seguro de baja laboral contratas adicionalmente servicios médicos, la protección será en todos los sentidos. No hay que olvidar que en ocasiones las pruebas diagnósticas y las intervenciones en la sanidad pública se demoran semanas, lo que en ocasiones puede obligar al trabajador a reducir su actividad o interrumpirla.
Otras ventajas de este tipo de seguros
Evidentemente, las coberturas son el aspecto esencial por el que un seguro de renta siempre es beneficioso para el trabajador autónomo. Pero no hay que olvidar algunas cuestiones fundamentales, como la posibilidad de acogerse a ciertas ventajas fiscales al contratar un producto de este tipo.
De esta manera, aquellos trabajadores autónomos o profesionales que tributan por su actividad económica en el IRPF pueden desgravarse hasta un máximo de 500 euros al contratar un seguro de baja laboral. Si el seguro también da cobertura al cónyuge o descendientes, se pueden aplicar esos 500 euros a cada uno de los beneficiarios.
Por lo tanto, contratar un seguro de renta se debe contemplar, más que como un gasto, como una inversión. Inversión en tranquilidad, en seguridad y en estabilidad económica en caso de baja laboral.
Además, hay que tener en cuenta que lo que se perciba por la cobertura del seguro de renta en caso de baja laboral no siempre se tendrá que tributar como ganancia patrimonial. Solo habrá que hacerlo cuando se perciba una cantidad más allá de los gastos de asistencia médica y solo por el beneficio obtenido si se considera que ha habido un incremento patrimonial.
Esa consideración cambia si la baja laboral deriva en invalidez superior al 33 %. En ese caso, la indemnización satisfecha por el seguro de renta no se considera ganancia patrimonial. Habrá que declararla como rendimiento del capital mobiliario en la base imponible del ahorro.
Y una última ventaja es que un seguro de baja laboral se puede personalizar, adaptar a la situación y a las necesidades de cada autónomo. Lo habitual es que se puede elegir entre diferentes coberturas adicionales, y también en lo que a cantidad a percibir diariamente o en la posibilidad de elegir algún tipo de franquicia para ajustar el precio del seguro.